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¿Lo sabían? Alejandro Domínguez no puede ser más reelecto como presidente de la CONMEBOL

El propio estatuto de la CONMEBOL establece claramente que Domínguez no puede seguir al frente de la institución.

El pedido unánime de las Federaciones miembros no es suficiente para que Alejandro Domínguez sea reelecto presidente de la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), durante el 81° Congreso Ordinario, ya que la legislación paraguaya, a la que la matriz futbolera está sujeta, no permite un mandato superior a los 12 años, por lo que el dirigente paraguayo deberá entregar la presidencia, si o si, en enero de 2028. Cualquier otra resolución, por encima de las leyes, carecerá de legitimidad legal.

 

El Nacional, medio digital que sería de la familia Domínguez, ya da por hecho la reelección del presidente de la CONMEBOL, Alejandro Domínguez Wilson-Smith, durante el 81° Congreso Ordinario que se realiza este jueves 12, en el Hotel Bourbon de Luque, Paraguay. Es para el periodo 2028-2031, por pedido unánime de las 10 Federaciones miembros de la Confederación y no habiendo otro candidato.

Sin embargo, la reelección de Alejandro Domínguez carecería de legitimidad teniendo en cuenta las disposiciones establecidas claramente en la legislación paraguaya que hablan sobre la duración de mandatos, así como los mismos estatutos de la CONMEBOL que rigen actualmente a la matriz del fútbol sudamericano.

AQUÍ ESTÁN LOS ANTECEDENTES

Alejandro Domínguez en sus inicios como dirigente junto a Juan Ángel Napout y Nicolás Leoz (+)
Recordemos que el ex presidente de la CONMEBOL, Nicolás Leoz (+) estuvo en el cargo durante 27 años (1986-2013), pero, amparado por la Ley N°1.070 que otorgaba inmunidad, inviolabilidad y privilegios a la matriz del fútbol sudamericano instalado en Paraguay desde 1990. De esta forma, la CONMEBOL se regía solamente por sus estatutos, sin tener en cuenta las leyes paraguayas.

No obstante, en junio de 2015, tras el estallar el FIFAGate, el mayor escándalo de corrupción en la historia del fútbol mundial, y que afectó principalmente a la dirigencia del fútbol sudamericano, el Congreso paraguayo derogó la Ley N°1070 y la CONMEBOL, al tiempo de perder toda su inmunidad, pasaba a regirse por sus estatutos que debían adecuarse estrictamente a la legislación nacional, así como la FIFA y el Comité Olímpico Internacional (COI) se ajustan a la legislación Suiza porque sus sedes están instaladas en dicho país.

En consecuencia la CONMEBOL tiene que adecuarse a lo establecido en la Ley del Deporte y a las reglamentaciones emanadas por la Secretaría Nacional de Deportes (SND). El mismo Artículo 1ro. del estatuto de la CONMEBOL establece el reconocimiento de ese marco legal señalando: “A efectos de su personería jurídica conforme a la legislación de su sede, la CONMEBOL es una asociación de capacidad restringida regida por el Título II del Libro I del Código Civil Paraguayo y la Ley del Deporte de Paraguay”.
Y son estas reglamentaciones las que pusieron límites en cuanto a los años de mandato y a las reelecciones para los presidentes de clubes deportivos, asociaciones y federaciones.
Incluso la última reglamentación fue emitida recientemente, en 2024, por el actual ministro de Deportes, César Ramírez, y en cuyo Artículo 73 de la Resolución 61, se vuelve a señalar que las Federaciones Internacionales que se asienten en Paraguay deben cumplir varios requisitos, entre los que figuran “adaptar sus estatutos al derecho paraguayo en materia de asociaciones, garantizando el funcionamiento de la entidad adecuado a principios democráticos y representativos de sus miembros”.

La misma reglamentación establece que los mandatos de los presidentes de clubes
no pueden durar más de cuatro años y que solo pueden ser reelectos durante períodos
sucesivos hasta completar ocho años de mandato. Podrán volver a presentarse para nuevos
periodos, pero después de completar un período fuera del cargo, dice la reglamentación.
En el caso de las Federaciones, la reglamentación establece que los presidentes pueden ser reelectos de forma sucesiva hasta completar 12 años al frente de la institución.

Es importante tener en cuenta que Alejandro Domínguez, fue electo presidente de la CONMEBOL en enero de 2016, es decir, por ley está obligado a dejar el cargo en enero de 2028, por lo que presentarse para una nueva reelección viola las normativas paraguayas que rigen en la materia y carece de legitimidad.

De continuar en el cargo, más allá del plazo de enero de 2028, Domínguez tendría un mandato ilegítimo y la CONMEBOL carecería representación legal legítima.

EL PROPIO ESTATUTO

Y por si marco legal paraguayo no fuera suficiente, el propio estatuto de la CONMEBOL establece claramente que Domínguez no puede seguir al frente de la institución.

El Artículo 32 del estatuto de la CONMEBOL establece en su inciso 5 lo siguiente: “El Presidente, los Vicepresidentes y los Representantes de la CONMEBOL ante el Consejo de la FIFA podrán ser reelectos hasta dos veces y así completar tres mandatos de manera consecutiva. Los mandatos previos en calidad de Vicepresidente no se considerarán para el caso que luego ocupe el cargo de Presidente”.

Alejandro Domínguez y alguien que sabe mucho de perpetuarse en el poder, Nicolás Maduro
Alejandro Domínguez fue electo en enero de 2016, su primera reelección fue en 2018 y la segunda reelección fue en 2022. O sea que, esta sería su tercera reelección violando los mismos estatutos de la CONMEBOL, así como también la legislación paraguaya.

La reelección de Alejandro Domínguez en la CONMEBOL, sentaría un precedente funesto para la democracia paraguaya ya que se estaría permitiendo la violación de legislaciones paraguayas para satisfacer proyectos autoritarios que buscan perpetuarse en el poder, más allá de que ninguna Federación extranjera puede venir a aprobar el quebrantamiento de expresas disposiciones legales vigentes en todo el territorio nacional.

 

Fuente: expressnews.com.py

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